Servicio “Búho”: la noche se mueve con seguridad y confianza

21 de julio de 2025

Desde el viernes 21 de febrero de 2025, un nuevo servicio de transporte comenzó a operar en el área metropolitana de Asunción y San Lorenzo: se trata del servicio nocturno “Búho”, una iniciativa del Viceministerio de Transporte que busca brindar una alternativa segura, económica y eficiente a quienes se movilizan de noche. Con esto, se atiende una demanda largamente esperada por trabajadores, estudiantes y ciudadanos que, hasta ahora, tenían muy pocas opciones cuando caía la noche.

Inicio del recorrido nocturno del Servicio Búho en Asunción, con pasajeros abordando el autobús del Grupo Bene

El servicio se llama “Búho” porque, al igual que el ave nocturna, está activo cuando el resto del transporte duerme. Este nuevo esquema de movilidad funciona todos los días desde las 22:00 hasta las 04:00 de la madrugada, adaptándose según la demanda. Los días de mayor movimiento, como jueves, viernes, sábados y vísperas de feriado, los buses circulan cada 30 minutos. En los días con menor demanda, la frecuencia es de 40 minutos. Para garantizar la continuidad del servicio, se dispone además de buses de reserva que entran en acción si ocurre alguna falla técnica o mecánica.

Uno de los aspectos más celebrados por los usuarios es el precio: el pasaje se mantiene en G. 3.400, la tarifa regular del transporte público. Sin embargo, el costo técnico real de operación es más del doble. Esta diferencia es cubierta por el Estado como parte de una política pública que busca garantizar el derecho al transporte, sin que el precio sea una barrera para quienes más lo necesitan.Uno de los aspectos más celebrados por los usuarios es el precio: el pasaje se mantiene en G. 3.400, la tarifa regular del transporte público. Sin embargo, el costo técnico real de operación es más del doble. Esta diferencia es cubierta por el Estado como parte de una política pública que busca garantizar el derecho al transporte, sin que el precio sea una barrera para quienes más lo necesitan.

Unidad del Grupo Bene lista para operar el Servicio Búho en Asunción, estacionada frente a un edificio emblemático

El itinerario del Búho fue pensado con cuidado, tomando en cuenta los puntos neurálgicos del área metropolitana. En Asunción, la ruta comienza en la intersección de Colón y Presidente Franco, pasando por avenidas como Eusebio Ayala, General Santos y Aviadores del Chaco, tocando zonas clave como el Shopping del Sol, la Plaza de la Democracia, el Teatro Municipal y varios centros de salud y recreación. En San Lorenzo, el recorrido inicia en Julia Miranda Cueto y General Genes, conectando lugares como el Mercado Municipal y el Campus de la UNA. De esta manera, se logra una cobertura significativa de sectores estudiantiles, comerciales y residenciales.

Uno de los principales impulsores del proyecto es la empresa Grupo Bene S.A., que opera la línea 11 y fue adjudicada para poner en marcha el Búho mediante una resolución oficial. Esta firma cuenta con experiencia en el servicio urbano y pone a disposición de este plan unidades de categoría diferencial, equipadas con mayor confort y tecnología.

La seguridad es un eje prioritario del programa. Gracias a la articulación entre el Viceministerio de Transporte, la Policía Nacional y el operador privado, se establecieron protocolos de patrullaje en los puntos de parada más sensibles y se promueve la presencia de agentes en las unidades en horarios de mayor riesgo. Además, las unidades están conectadas al sistema de control satelital que permite monitorear en tiempo real la ubicación, velocidad y comportamiento del servicio, lo cual representa una garantía adicional para los usuarios.

Autobús del Grupo Bene frente a iglesia, parte del Servicio Búho de transporte nocturno.

El lanzamiento del Búho ha tenido una excelente recepción por parte de organizaciones ciudadanas como la OPAMA (Organización de Pasajeros del Área Metropolitana de Asunción). Su vocera, Griselda Yúdice, resaltó que se trata de una conquista ciudadana muy esperada, producto de años de reclamos. También enfatizó la importancia de que el servicio no se limite a la capital y que se amplíe hacia otras ciudades del departamento Central, como Limpio, Luque, Fernando de la Mora y Ñemby. Afortunadamente, según informó el Viceministerio, esa expansión ya está en camino.

En mayo de 2025, apenas tres meses después de su implementación, el Búho ya acumulaba más de 24.000 viajes validados, lo que evidencia una necesidad real y un uso constante por parte de la ciudadanía. Este éxito motivó la licitación de nuevas rutas nocturnas, con tres líneas adicionales que cubrirán otras zonas metropolitanas, integrando más comunidades al mapa nocturno del transporte público.

Lo interesante de este modelo es que combina elementos de planificación moderna, participación pública y compromiso empresarial. No es solo una línea de buses nueva; es un servicio pensado desde la necesidad concreta de miles de personas que trabajan de noche, estudian en turnos vespertinos o simplemente desean volver a casa con tranquilidad después de una salida. También es una herramienta clave para evitar la dependencia del transporte informal, muchas veces costoso e inseguro.

Autobús del Grupo Bene con señalización del Servicio Búho, estacionado frente a una iglesia histórica

Desde Grupo Cóndor, celebramos este paso firme hacia una movilidad más inclusiva y urbana. Apostar por el transporte nocturno no es solo una solución técnica, sino también una decisión política que reconoce la existencia de una ciudad que nunca duerme. Los hábitos han cambiado. Hoy más que nunca necesitamos soluciones que acompañen esos nuevos ritmos de vida. El Búho es un ejemplo concreto de que es posible lograrlo cuando el Estado, las empresas y la ciudadanía tiran del mismo carro.

Hay mucho por mejorar todavía. Se necesita que la cobertura se extienda, que el servicio se mantenga constante a lo largo del tiempo, que se sumen campañas de concienciación para el cuidado de los buses y que se generen más canales de información digital para seguir el recorrido y las paradas en tiempo real. Pero el primer paso ya está dado, y con buen pie.

Autobús del Grupo Bene frente a iglesia, parte del Servicio Búho de transporte nocturno

La experiencia nos dice que cuando un servicio público se presta con calidad, la gente lo usa, lo cuida y lo defiende. Así ocurrió con el Búho, que en pocas semanas se convirtió en parte del paisaje nocturno de Asunción y San Lorenzo. Una opción segura, accesible y eficiente para que nadie se quede sin transporte al caer la noche.

Desde Grupo Cóndor, te invitamos a estar atento a las próximas novedades del sistema de transporte metropolitano. Y si todavía no probaste el Búho, te animamos a hacerlo. Porque la noche, ahora, también es territorio del transporte público.

Autorización de Tratamiento de Datos Personales

Autorización

Autorizo expresa e irrevocablemente a Condor S.A.C.I., o cualquiera de sus empresas vinculadas de manera directa o indirecta, por medios propios y/o a través de procesadores y/o subprocesadores, a tratar mis datos, de conformidad a la Ley Nº 6534/2020 de "Protección de Datos Personales Crediticios", con la finalidad de gestionar, investigar y dar seguimiento a la denuncia presentada, así como para cumplir con las obligaciones legales aplicables.

Tratamiento de datos

El tratamiento de datos se realizará conforme a la normativa vigente en materia de protección de datos personales, garantizando la confidencialidad, seguridad y uso exclusivo para los fines aquí mencionados.

El tratamiento incluye la cesión y la posibilidad de presentar estos datos ante Autoridades Nacionales, Ministerio Público, órganos jurisdiccionales, Sociedades de Información Crediticia u otras empresas especializadas tanto dentro como fuera del país, tomando siempre las medidas necesarias para garantizar que sean tratados con niveles adecuados de protección.

Datos incluidos

Los datos incluyen:

a) La identificación de la persona o razón social, financiera (nombres, cédula de identidad, RUC, fecha de nacimiento o constitución, etc.);

b) Los datos de la denuncia, conforme a lo que se establece en el presente formulario;

c) Otros tipos de datos que sean relevantes de carácter comercial, crediticia, o patrimonial.

Gestiones autorizadas

Las empresas autorizadas para el tratamiento de los datos podrán llevar a cabo todas las gestiones que resulten necesarias a fin de iniciar y sustanciar procedimientos administrativos, judiciales y/o sumariales ante los organismos públicos y/o privados competentes, con el objetivo de esclarecer los hechos denunciados y promover la aplicación de las sanciones correspondientes a los responsables.

La presente autorización incluye además la posibilidad de incluir, consultar o verificar la información a través de las Sociedades de Información Crediticia y/o burós de crédito, y/o fuentes privadas o públicas, así como otros fines permitidos por la Ley.

Consentimiento y derechos

Otorgo mi consentimiento expreso para que Condor S.A.C.I., o cualquiera de sus empresas vinculadas de manera directa o indirecta, por medios propios y/o a través de procesadores y/o subprocesadores, trate mis datos personales para los fines indicados.

He sido informado que podré ejercer en cualquier momento mis derechos de acceso, rectificación, actualización, supresión y oposición, mediante comunicación dirigida a la siguiente dirección de correo electrónico: etica@condor.com.py

Bases y Condiciones

  • El programa es exclusivo para colaboradores de la empresa. El referidor (influencer) debe ser funcionario del Grupo Condor.
  • El referido (cliente) no debe formar parte de ninguna UEN del Grupo Condor.
  • El formulario deberá ser cargado antes del cierre de la negociación; en caso contrario, no se procesará la acreditación del premio.
  • El beneficio aplica únicamente en caso de que la venta se concrete.
  • Los premios establecidos en el programa no son modificables ni transferibles.
  • Aplica para referidos de funcionarios que no sean de su propia unidad de negocios.
  • Recompras: las renovaciones de seguros no aplican a premios. La segunda unidad concretada a través de referidos será premiada con el 50% del premio.

Bases y Condiciones de la Promoción

1. Organizador

CONDOR S.A.C.I – REPRESENTANTE DE LA FIRMA SHELL LUBRICANTS en adelante el ORGANIZADOR, con RUC N° 80002514-8, domicilio situado en la calle Bernardino Gorostiaga N° 315 esq. Guaraníes, de la ciudad de Asunción, teléfono (021) 569 7000, realizará la promoción denominada "Shell Lubricants, tu mejor compañero de viaje, te regala un Okm", en adelante la PROMOCIÓN.

2. Vigencia

La Promoción iniciará el 01 de octubre de 2025 a las 00:00 hs. y finalizará el 30 de junio de 2026 a las 23:59 hs. ("Periodo de Vigencia"). El Periodo de Vigencia podrá ser extendido por el Organizador.

3. Participantes

Podrán participar de la Promoción todas las personas físicas nacionales o extranjeras con documento de identidad paraguaya que sean socios conductores de la empresa Bolt Paraguay, en adelante el PARTICIPANTE, quedando excluidos aquellos que cuenten con alguna inhabilidad, conforme se detalla a continuación.

3.1 No podrán participar ni hacerse acreedores de los premios, los propietarios, accionistas, apoderados, directivos, gerentes, funcionarios o empleados del ORGANIZADOR, o sus familiares directos (padres, hijos, hermanos, cónyuges).

3.2 No podrán participar ni hacerse acreedores de los premios, menores de 18 años.

3.3 No podrán participar ni hacerse acreedores de los premios personas prófugas de la justicia o con privación de libertad por mandato judicial.

3.4 No podrán participar ni hacerse acreedores de los premios si las facturas no fueron emitidas a nombre del PARTICIPANTE.

3.5 No podrán participar conductores que tengan un bloqueo activo.

3.6 No podrán participar conductores que tengan menos de 50 viajes.

4. Sistema de participación

Participan de la promoción todos los socios conductores de la empresa Bolt Paraguay que por cada compra que realicen de productos Shell Lubricantes en el periodo del 01 de octubre del 2025 al 30 de junio del 2026, en todos los puntos de ventas a nivel Nacional, el PARTICIPANTE genera 01 (un) cupón, por cada factura, que será acreditado de forma digital al completar el formulario digital.

Todos los cupones que participen del sorteo serán individualizados mediante impresión a través del sistema informático con los siguientes datos: confirmar si es Socio Conductor Bolt, nombre y apellido, teléfono, ciudad, foto de la factura.

5. Datos del participante

El PARTICIPANTE es el único y exclusivo responsable de los datos personales proveídos para la generación de cupones y autoriza expresamente a que se incluyan sus datos personales en la base de datos del Organizador.

6. Factura

No se podrá generar Cupones con facturas sin nombre, así como tampoco se podrá generar Cupones con facturas que estén a nombre de una persona que se encuentre inhabilitada para participar del Sorteo de acuerdo con las bases y condiciones.

7. Premios

Durante la PROMOCIÓN será sorteado el siguiente premio: Una camioneta nueva marca MG modelo ZS año 2026 chasis LSJW74U34TZ035592 color rojo. La adquisición y entrega de LOS PREMIOS mencionados es responsabilidad exclusiva del ORGANIZADOR. LOS PREMIOS no serán canjeables por dinero en efectivo o cheque.

Según el Art. 18 de la ley 1016/97 – De los premios. Los premios consistentes en bienes, muebles deberán estar depositados o instalados en lugares donde el público pueda examinarlos y los consistentes inmuebles en condiciones de libre disposición. Todos los premios deberán ser propiedad del ORGANIZADOR a acreditar al mismo la facultad de suficiente para transferir el dominio. En casos de premios cuyas transferencias de dominio debe efectuarse por escritura pública, deberá consignarse en el instrumento del juego la obligación de su Organizador de realizar la transferencia de la propiedad del premio dentro del plazo máximo de 7 (siete) días de la fecha del sorteo, sin cargo para el beneficiario.

8. Formato de los sorteos

El sorteo será realizado en formato digital o en el formato establecido por el ORGANIZADOR, con la totalidad de los cupones digitales generados durante el periodo de vigencia, y se realizarán en presencia de un Escribano Público designado por el ORGANIZADOR.

9. Elección del ganador

El ganador será definido por un sorteo electrónico entre todos los cupones digitales ingresados, a realizarse el 07 de julio, a las 15:00hs en el domicilio del ORGANIZADOR.

En caso de que el ORGANIZADOR verifique al momento del sorteo que el participante seleccionado por el SORTEO no cumpla con los requisitos requeridos en la plataforma digital, este será descalificado automáticamente, debiéndose en este caso contemplar GANADOR a un SUPLENTE.

10. Requisitos para ser ganador del premio

Para acceder al PREMIO previsto en la PROMOCIÓN, deberán de cumplir con los siguientes requisitos:

– Presentarse en el lugar asignado, en los días y horarios dispuesto por el ORGANIZADOR.

– Exhibir la factura original de compra de Lubricantes Shell emitida a nombre del PARTICIPANTE, que registró en el formulario de la promoción "Shell Lubricants, tu mejor compañero de viaje, te regala un Okm".

11. Notificación

El GANADOR será contactado vía telefónica dentro de los 3 (tres) días hábiles posteriores al Sorteo y a la verificación de requisitos con el escribano a cargo. Además, el nombre del Ganador será publicado en las redes sociales de Shell Lubricantes Paraguay y en los diversos medios que el ORGANIZADOR considere convenientes.

La publicación tendrá nombre, apellido y tres últimos dígitos del documento de identidad, por lo que los PARTICIPANTES autorizan al ORGANIZADOR a publicar estos datos.

12. Retiro de premio

El ganador tendrá un plazo improrrogable de 60 días hábiles posteriores a la fecha del sorteo para retirar el premio, y a tal efecto deberá presentarse en el lugar indicado por el ORGANIZADOR.

Para el reclamo del PREMIO, será obligado el cumplimiento y aceptación de todo lo establecido en estas CONDICIONES.

El ganador obligatoriamente deberá de firmar un acuse en el que se constate la recepción del PREMIO, en su caso, además de dar el permiso de registrar el momento que recibe el PREMIO para fines publicitarios.

13. Premio vacante

Cumplido el plazo sin que se haya presentado el ganador, el valor del premio será destinado al financiamiento del FONARESS, conforme a lo establecido en la Ley 6703/20, y sus modificaciones.

14. Publicidad

El ganador, al momento de aceptar y retirar el premio, otorga de manera gratuita al ORGANIZADOR el derecho a publicitar su nombre e imagen, para la difusión en comerciales de televisión, radio, prensa escrita o redes sociales, por un plazo de 12 meses de finalizada la PROMOCIÓN. La cesión de derechos será otorgada al solo efecto de publicitar el resultado de la promoción de referencia, y no será utilizada para otros fines.

15. Privacidad

Los datos personales de los participantes que el ORGANIZADOR reciba o posea serán tratados de acuerdo a la legislación vigente en materia de protección de datos de carácter personal. El ORGANIZADOR se compromete a dar un tratamiento prudente y cuidadoso de los datos entregados por el PARTICIPANTE y almacenados al momento del registro de la PROMOCIÓN. En caso de que el registro de participación sea realizado por medios electrónicos, el ORGANIZADOR informará al PARTICIPANTE del uso o destino que hará de la información personal recopilada, mediante mensaje que será publicado en la misma plataforma de registro.

16. Modificaciones

El ORGANIZADOR podrá, previa autorización de CONAJZAR, modificar, extender, ampliar, suspender o cancelar esta PROMOCIÓN cuando circunstancias imprevistas así lo justifiquen. En todos los casos, las modificaciones introducidas deberán ajustarse a la legislación vigente y no afectarán derechos adquiridos.

17. Reglamento de la promoción

La participación en la promoción implica la aceptación de lo establecido en estas bases y condiciones, documento que estará a disposición de los participantes en el sitio web del organizador y en sus redes sociales. La eventual declaración de nulidad de una o más cláusulas de estas Bases y Condiciones, no afectará la validez de las demás cláusulas.

18. Condiciones de uso de la plataforma web

Además de cumplir con lo establecido en las presentes Bases y Condiciones, el PARTICIPANTE se compromete a cumplir con los requisitos y disposiciones establecidas en el reglamento de condiciones de uso de la aplicación o plataforma web que el ORGANIZADOR pondrá a disposición de los participantes durante la vigencia de la PROMOCIÓN.

19. Interpretación

Ante cualquier discrepancia o contradicción que pudiese existir entre las disposiciones establecidas en las presentes Bases y Condiciones y en los reglamentos de condiciones de uso mencionados en el artículo anterior, prevalecerá lo establecido en las presentes Bases y Condiciones.

20. Jurisdicción

Toda situación que pudiera derivar en un conflicto entre el ORGANIZADOR y el PARTICIPANTE podrá ser resuelta, a pedido de las partes, por la CONAJZAR. Queda además expedita la vía jurisdiccional, en caso de que los interesados así lo consideren para la mejor defensa de sus derechos, y a tal efecto, se establecen los tribunales ordinarios de la ciudad de Asunción.

Política de Privacidad

Autorización de contacto

Autorizo y consiento expresa, inequívoca e informadamente a las Empresas que conforman el Grupo Condor, así como a las empresas fabricantes de las marcas que éstas representan, así como cualquiera de sus empresas asociadas, colaboradoras y contratadas para la gestión de servicios al cliente, me contacten y hagan llegar información sobre productos y/o servicios que ofrecen; promociones y ofertas publicitarias; acciones de marketing; realización de encuestas de cualquier naturaleza; entre otros.

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La presente autorización incluye además la posibilidad de incluir, consultar o verificar la información a través de las Sociedades de Información Crediticia y/o burós de crédito, así como otros fines permitidos por la Ley.

Derechos del titular

Conozco y entiendo que, en cualquier momento, podré ejercer los siguientes derechos:

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b) Acceder a sus datos personales.

c) Rectificar o pedir la eliminación (cancelación del tratamiento) de sus datos.

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e) Limitar el tratamiento de sus datos.

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